Oh! Box Abril

Oh! Box Abril

TÉRMINOS Y CONDICIONES OH BOX

ABRIL 2024
ALTO AVELLANEDA

IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANONIMA, CUIT 30-52532274-9,
con domicilio en Carlos Della Paolera 261, piso 9, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en
adelante el “Organizador”) es el organizador de la presente Promoción sin obligación de
compra denominada “Promoción OH BOX Abril 2024” (en adelante la “Promoción”) que se
regirá por las estipulaciones y condiciones que a continuación se detallan (en adelante las
“Bases”). Las personas intervinientes en la misma, por su sola participación, aceptan de pleno
derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases, así como las
decisiones adoptadas por el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas.

1. VIGENCIA: La Promoción se llevará a cabo desde el 04/04/2024 a las 10:00hs. hasta el
01/05/2024 a las 22:00hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”) en el centro comercial Alto
Avellaneda, sito en la calle Güemes 897, Avellaneda, Provincia De Buenos Aires (en
adelante el “Shopping”).

2. PARTICIPANTES: Podrán participar de la Promoción aquellas personas, (i) mayores de 18
años, cumplidos al día de la participación, que (ii) residan en el Área Metropolitana de
Buenos Aires, que (iii) estén registradas y/o que se registren en la aplicación “APPA” y que,
(iii) cumplan con la mecánica de participación detallada en el punto cuatro (4) (en adelante
los “Participantes” y/o “Participante”). Se podrá solicitar documento a fin de acreditar la
mayoría de edad.

3. PROMOCIÓN SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA: La Participación en la presente Promoción
no requiere obligación de compra, podrán participar todas las personas que tengan
descargada la aplicación y escaneen los códigos QR conforme a la mecánica que se dirá a
continuación.

4. MECANICA DE PARTICIPACIÓN: La Promoción consistirá en que las personas se
acerquen a alguna de las ¡OH BOX! distribuidas en el Shopping durante el Plazo de
Vigencia y escaneen mediante la aplicación ¡appa! el código QR que se encontrará en la
¡OH BOX! deseada, obtendrán una (1) chance en el Sorteo que se mencionará a
continuación. Se realizarán tres (3) sorteos, uno por cada ¡OH BOX! disponible y cada ¡OH
BOX! corresponderá a una marca en específico del Shopping, con diferentes premios,
según se indica en el punto 6 de las presentes Bases. Los Participantes podrán elegir en
cuál de los sorteos participar según el código QR que escaneen o pueden participar en los
tres (3) sorteos en simultáneo. No obstante, lo anterior, en caso de salir sorteado ganador
en uno de los sorteos, el mismo Participante ya no podrá ser el ganador de los sorteos
restantes de la Promoción.
Al cumplir con estos requisitos los Participantes estarán aceptando las presentes bases y
condiciones y estarán participando por el Sorteo que se describirá a continuación. Solo se
aceptará una (1) participación por día y por usuario durante el Plazo de Vigencia.

5. MECANICA DEL SORTEO: El día 02 de mayo de 2024 a las 15:00hs en la Escribanía
García Liñeiro sito en Hipólito Yrigoyen 900, 1° “B” (C.A.B.A), se realizarán los tres (3)
sorteos indicados en el punto 4 de las Bases entre todos los Participantes que cumplan con
los requisitos de participación descriptos en los puntos 2 y 4 (en adelante los “Sorteos”).
Los Sorteos se realizarán ante la presencia de escribano público a través del cual saldrán
tres (3) potenciales ganadores, extraídos de las bases de datos confeccionadas como
consecuencia de las posibilidades de participación asignadas conforme a las previsiones
previstas en el punto diez (10) de estas Bases. Quienes cumplan con los requisitos de
participación previstos en los apartados 2 y 4, y con los requisitos de adjudicación de los
Premios, detallados en el apartado siete (7) precedente, serán considerados ganadores (en
adelante los “Ganadores”). En el caso de que salgan seleccionadas personas que no
cumplan con los requisitos exigidos, se sorteará nuevamente y así sucesivamente hasta
dar cumplimiento con los requisitos de participación. Los Premios se asignarán según la

marca vinculada a cada base de datos y sorteo, el que salga seleccionado primero de cada
sorteo recibirá el Premio correspondiente.
El Organizador se reserva el derecho de modificar la fecha de los Sorteos, dando en su
caso, la debida comunicación y publicación. Se extraerá adicionalmente suplentes, para
utilizar en caso de que el extraído inicialmente no fuese válido o no cumpla con los
requisitos previstos en los puntos 2) y 4) de las presentes Bases, de manera tal de hacer
posible la adjudicación de los Premios correspondientes a la Promoción.

6. PREMIO: Los Ganadores de los Sorteos serán adjudicatarios de uno (1) los siguientes
premios (en adelante el “Premio” y/o los “Premios”) los cual serán adjudicados conforme a
la posición de salida en el sorteo y a la ¡OH BOX! y marca vinculada con cada sorteo y su
base de datos:

(i) El ganador del SORTEO de la OH BOX SWEET adjudicatario de la OH BOX de la
marca “SWEET” que contendrá: una (1) minifalda Ines; y un (1) sweater Miks. Los
talles y colores son a definir por el Organizador. En caso de que en el momento de la
entrega alguno de los modelos no esté disponible se reemplazará por uno de iguales
características según indique el Organizador.

(ii) El Ganador del SORTEO de la OH BOX DEVRÉ será adjudicatario de la OH BOX de la
marca “DEVRÉ” que contendrá: un (1) saco Fantasía fit 2 tajos, código de producto
02D000142005; una (1) camisa de vestir lisa slim fit, código de producto
44D000308017; un (1) sweater V azul melange, código de producto 60D000121084; y
un (1) pantalón SS100 liso fit azul marino, código de producto 08D00002600. Los talles
son a definir por el Organizador. En caso de que en el momento de la entrega no esté
el mismo modelo disponible se reemplazará por uno de iguales características según
indique el Organizador.

(iii) El Ganador del SORTEO de la OH BOX ON SPORTS será adjudicatario de la OH BOX
de la marca “ON SPORTS” que contendrá: una (1) remera de entrenamiento; un (1)
short de fútbol; y una (1) pelota de fútbol. Las marcas de los productos, talles, colores y
modelos son a definir por el Organizador y a su exclusivo criterio. En caso de que en el
momento de la entrega no esté el mismo modelo disponible se reemplazará por uno de
iguales características según indique el Organizador.

Los Premios no se podrán canjear por dinero en efectivo, ni por otro producto ni por ninguna
otra prestación, producto o servicio, ni aun cuando no gozarán de aquellos total o parcialmente
por cualquier causa. Los Premios se limitan al detalle mencionado y por lo tanto no incluyen
otros bienes, prestaciones ni gastos. En consecuencia, todo gasto adicional en el que incurran
los Ganadores para acceder, hacer uso o disponer del Premio correrá por su exclusiva cuenta,
por lo que queda excluido los gastos de movilidad y traslado para el uso del Premio.

Los Premios son para uso personal de los Ganadores y no podrán ser transferidos. Una vez
entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El
Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios.

El Organizador no reemplazará los Premios que sean extraviados o robados, después de la
entrega de los mismos a los Ganadores. El Organizador no otorga garantía de calidad, ni
ninguna otra con relación al producto y/o servicio ofrecido como Premio. El Organizador no
será responsable por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa de los
Sorteos, con excepción de lo previsto en estas Bases.

7. GANADORES- NOTIFICACIÓN- ACEPTACIÓN DEL PREMIO- ADJUDICACIÓN: Los
Ganadores de los Premio serán notificados por correo electrónico y/o telefónicamente a
través del correo electrónico y teléfono denunciados en ¡appa! al momento de participar de
la Promoción. Los Ganadores deberán presentarse, dentro de los siete (7) días posteriores
a la notificación en el Shopping y/o en el domicilio que indique el Organizador en el horario
de 10:00 a 17:00hs, a los efectos de hacer efectiva la adjudicación y la entrega de los
Premios, para ello, los Ganadores deberán presentar un Documento Nacional de Identidad
y contestar correctamente una pregunta de interés general que les será formulada en el
momento. Si los Ganadores no se presentaren en dicho plazo y/o no cumplieren con los
requisitos detallados en el presente punto, perderán todo derecho al Premio y se seguirá el
mismo procedimiento respecto del suplente, por orden cronológico de selección. En tal
sentido, toda presentación o reclamo efectuado por los Ganadores en lugar distinto, fuera
del horario o fechas indicadas, resultará extemporánea y hará perder, en forma automática,
el derecho al reclamo del Premio. En el supuesto de que el Premio no fuera efectivamente
retirado por el Ganador y/o el suplente en el plazo previsto quedarán en propiedad del
Organizador.

8. PREMIO ASIGNADO y NO RECLAMADO: Si por cualquier motivo cualquier Premio no
pudiera entregarse, el Premio quedará en poder del Organizador para volver a sortear.

9. IMPUESTOS y GASTOS: Todo impuesto, tasa o contribución, nacional, provincial o
municipal que deba tributarse sobre o en relación con el Premio, toda suma de dinero que
deba abonarse a las autoridades nacionales, sociedades del Estado, provincias o
municipalidades con motivo de la organización de la Promoción o del ofrecimiento o
entrega del Premio quedarán a cargo del respectivo Ganador. El Organizador no será
responsable por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa de la
Promoción, con excepción de lo previsto en estas Bases

10. PROBABILIDADES: La probabilidad de ganar el Premio dependerá de la cantidad de
Participantes, por lo que no es posible su predeterminación matemática. No obstante, y en
cumplimiento de las disposiciones reglamentarias aplicables, en el supuesto que se reciban
un total de un mil (1.000) Formularios la probabilidad sería de 0,001.

11. RESPONSABILIDAD: El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que
pudiera sufrir el Ganador en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la
participación y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan
en esta Promoción, por su sola participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una
de las disposiciones previstas en las presentes Bases.
El Organizador en ningún caso, será responsable por fallas en los equipos de
computación, de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la
red Internet, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de
terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la
Promoción.
Al recibir el Premio, el Ganador lo acepta sin que exista ninguna otra obligación por
parte del Organizador. El Ganador conviene en liberar y eximir de toda responsabilidad
al Organizador, así como a sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra
persona directamente involucrada en la Promoción, de toda responsabilidad que en
cualquier forma pueda surgir directa o indirectamente de su participación en la
Promoción y/o de la aceptación y/o utilización del Premio.

12. DATOS PERSONALES:  Los Datos Personales obtenidos a través de la Promoción serán
utilizados para las siguientes finalidades: (a) Formar un perfil del Participante e incorporarlo
en programas de fidelización de clientes, (b) Enviarle al Usuario información y material
publicitario y/o promocional relacionado con la actividad que desarrolla el Organizador y/o
sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas (c) realizar un estudio de mercado

de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANONIMA o de sus
sociedades vinculadas, controlantes o controladas.

Los datos personales obtenidos con motivo de la presente Promoción, podrán ser
almacenados en una base de datos de titularidad de IRSA INVERSIONES Y
REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANONIMA., la cual podrá será utilizada por ella o sus
sociedades vinculadas o vinculantes a los fines del envío de material publicitario y
promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o
de impresión, o el envío de correo electrónico, ellos siempre y cuando el participante preste
el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias
y complementarias, suscribiendo la documentación correspondiente.

El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Ganadores
por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1)
año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la
presente Promoción, los Participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y
difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios
publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es
realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo
11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h)
de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los
Participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la
difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los
mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite
un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N°
25.326. Asimismo, el titular de los datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los
mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la supresión de los mismos, salvo que
una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara o permitiera al
responsable de la base de datos conservarlos. Podrá hacerlo enviando un mail a
admaa@irsa.com.ar

La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de
Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que
interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas
vigentes en materia de protección de datos personales.”

13. FACULTADES DEL ORGANIZADOR: El Organizador podrá, a su sólo criterio modificar la
duración de la Promoción y los Premios por otros de idénticas características y valores o
introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la
debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos
legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las
presentes Bases cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que
ello genere derecho a compensación alguna a favor de los Participantes. El Organizador
será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en
estas Bases y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

14. IMPEDIMENTOS PARA PARTICIPAR DE LA PROMOCIÓN: No podrán participar en esta
Promoción aquellas personas menores de dieciocho (18) años a la fecha de inicio del plazo
de vigencia de la Promoción ni quienes tengan su domicilio fuera del Área Metropolitana de
Buenos Aires, los empleados del Organizador, los locatarios y empleados de los locales y/o
góndolas comerciales ubicados en el Shopping, los de las agencias de publicidad
relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de
consanguinidad, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la
Promoción.
15. ACEPTACIÓN DE BASES: La participación en esta Promoción implica total conocimiento y
aceptación de estas Bases, las que por causas ajenas y de fuerza mayor no imputables al

Organizador, podrán ser modificadas, previa autorización de la autoridad de aplicación, sin
que ello dé lugar a reclamo o indemnización alguna.

16. COMPETENCIA- JURISDICCIÓN: Toda relación que en virtud de la Promoción se genere
entre el Usuario y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de
la República Argentina, renunciando el Usuario a cualquier otra ley a cuya aplicación
pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier
controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el Usuario, los
Tribunales Comerciales de la Ciudad de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción
o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera
corresponderle.

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